domingo, 25 de abril de 2010

MONEDAS

 
Las operaciones cambiarias se hacían en la antigüedad a manera de trueque por medio de diferentes productos, no se conoció la moneda en su concepto moderno sino muchos años después. En América los aborígenes usaban como instrumento de pago principalmente los granos de cacao y el oro de las minas americanas, tanto en polvo como en grano.

En Venezuela, las primeras monedas conocidas fueron traídas por los conquistadores en 1498. No obstante la escasez de monedas metálicas y la poca producción de objetos vendibles, hizo que en el siglo XVI predominara el uso de la perla como forma de pago, el valor estipulado dependía de su peso, estas perlas provenían principalmente de las islas de Cubagua y Margarita, es preciso mencionar que el Cabildo Caraqueño declaró las perlas de Margarita como moneda, decisión que se mantuvo entre 1589 y 1620.
Por mucho tiempo circuló en el país la moneda española hasta que fue extinguiéndose por haberse prohibido la introducción de ellas en América. Ante tal situación tanto la Gobernación como la Compañía Guipuzcoana, introdujeron al país una considerable cantidad de monedas "macuquinas", piezas de plata de forma irregular, provenientes de Lima, Potosí y México, que fueron acuñadas en los siglos XVI, XVII y principios del XVIII.

La historia de la moneda en Venezuela, se puede decir que inicia en el año 1787, cuando por orden del Rey Carlos III se acuñaron monedas [1] provinciales de plata para que circularan en Venezuela e Islas de las Antillas, con valores de 1/2, 1 y 2 reales, fabricadas en la Casa de Moneda de México. Aunque estas monedas si llegaron al país al igual que a las islas, no fueron puestas en circulación y en 1788 las recogieron y fundieron, se estima que varias de estas monedas sobrevivieron a esta fundición, como es el caso de la pieza de 1 Real localizada y adquirida por el reconocido Numismático Ing. Tomás Stohr en una subasta en los Estados Unidos de Norteamérica en 1987. Para Venezuela eran en total unas 924.000 piezas, la distribución en montos netos se hizo de la siguiente manera: Caracas 100.000 pesos, La Habana 140.000 pesos, Puerto Rico 30.000 pesos, Santo Domingo 20.000 pesos, Trinidad 17.000 pesos. El motivo principal para que estas monedas no entraran en circulación fue la similitud que presentaban con la moneda fuerte que circulaba para ese entonces, y por tener un 40% menos de valor intrínseco. Para el caso venezolano la moneda fuerte prácticamente no circulaba internamente, solo se usaba para el comercio con otras provincias y otros países, esta emisión de monedas pudo haber solventado la falta de circulante interno que era crítico para ese entonces. Esta escasez fue la que provocó en gran parte la aparición de las fichas en nuestro país. Las características de estas monedas son: Las de 1 Real (presentada en la figura); Diámetro 20 mm, peso 2,02 g, anverso: Busto de Carlos III, en el exergo: CAROLOUS III DEI GRATIA 1787, reverso: Escudo de España, en el exergo: Marca de la casa de Moneda 1R F M HISPAN ET IND REX. El peso de la de ½ real debía ser de 1,01 g y la de 2 reales de 4,05 g.

Época Colonial (1787-1809)

Pertenece a esta época la primera acuñación para Venezuela ordenada por el Rey Carlos III en 1787, y las realizadas por primera vez en Caracas por elIlustreAyuntamiento según decreto del Gobernador Don Manuel de Guevara y Vasconcelos el 12 de junio de 1802. Las monedas de 1802, eran piezas de cobre quetenían carácter de "señas", destinadas a poner término a la diversidad de monedas de otras regiones y a las fichas que fabricaban los comerciantes por la falta de monedas divisionarias que agilizaran los cambios. Se acuñaron en las denominaciones de 1/8 y 1/4 de real, y tuvieron amplia circulación en la Provincia de Caracas.

Época de la Independencia (1810-1819)

Comprende las actividades bajo la administración del Gobierno Patriota, con la acuñación, durante un breve lapso, de monedas con los signos de la nueva república en 1812, de 1/8 y 1/4 de real de cobre, y de 1/2 y 1 real de plata, así como la emisión de abundante papel moneda. Las incidencias de la guerra de Independencia mantuvieron aislada en manos realistas a la Provincia de Guayana y de Maracaibo del resto del país, por lo que se vieron obligadas las autoridades realistas a acuñar monedas de cobre para cubrir sus necesidades.
Entre 1813 y 1814 se acuñaron monedas de 2 reales en plata en la Provincia de Maracaibo, las cuales se les dio el apodo de “lanzas”, refiriéndose a las columnas con sus capiteles en forma de lanza.

Para 1817 Páez ordenó acuñar monedas de plata con valores de 1 y 2 reales, en la Provincia de Barinas, esta provincia abarcaba en la época de la guerra de Independencia, todo lo que hoy se conoce como Apure, Portuguesa, Barinas y parte de otros estados aledaños, estas monedas también fueron identificadas con el nombre de “monedas de Barinas”, “de Caujaral”, “del Yagual” y “de Achaguas”. El Yagual no era para 1817 una población establecida, sino un hato en las cercanías del río Arauca en el cual Páez montó su campamento y tomó la decisión de ordenar su fabricación, sin embargo no fue allí donde se fabricaron estas monedas. En el caso de Achaguas, fue el sitio donde Páez montó su Cuartel General. Las de 1 real son las que se acuñaron en mayor proporción y que popularmente eran conocidas con el nombre de “chipi-chipi” lo que significaba en esa época y en ese lugar algo equivalente a decir: sencillo, estas monedas tienen una cierta similitud con las de Maracaibo por tener el capitel también en forma de lanza.

Época de la Gran Colombia (1820-1830)

El 17 de diciembre de 1819, Bolívar convocó al Congreso de Angostura para estructurar el gobierno constitucional que debía regir el nuevo estado que se formó con la unión de la antigua Capitanía General de Venezuela y el Virreinato de la Nueva Granada, Virreinato que comprendía territorios separados del Perú y de las audiencias de Santo Domingo y de Panamá (actuales Colombia, Ecuador, Venezuela, Panamá, y parte de Perú y de Brasil). Este Congreso dictó la Ley Fundamental de la República de Colombia (denominada actualmente como Gran Colombia). El 30 de agosto de 1821 el Congreso sancionó la Constitución de esta naciente República que estaba dividido en tres departamentos: Venezuela, Nueva Granada y Quito. El 29 de septiembre de 1821 fueron sancionadas tres leyes fundamentales en materia de monedas, estas son: Ley sobre ley y peso de las monedas de oro y plata, Ley sobre amonedación de la platina y, Ley sobre emisión de una moneda de cobre.

Estas leyes fueron promulgadas el 1 de octubre de 1821. Venezuela se separa oficialmente de la Gran Colombia el 23 de septiembre de 1830 cuando el Congreso de Valencia sanciona la carta de la nueva República de Venezuela. Durante el período de 1819 a 1830 que duró la Federación de Colombia, Ecuador y Venezuela, se acuñaron en Bogotá, Popayán, Santa Marta y Pasto monedas de oro y plata. La Casa de Monedas de Caracas, acuñó pesetas y cuartos de real (cuartillos). En octubre de 1830, el Congreso ordenó la clausura definitiva de la Casa de Moneda Caraqueña.

República de Venezuela (1830-1863)

Los inicios de la Venezuela separada de la Gran Colombia estuvieron marcados por una gran confusión en materia de monedas, y la circulación de gran cantidad de monedas extranjeras. Las primeras monedas con el nombre de REPÚBLICA DE VENEZUELA llegaron al país en 1844 y eran centavos, medios centavos y cuartos de centavos de cobre, mandados a fabricar en Inglaterra, con lo que se inicia la modalidad de ordenar acuñaciones e importación de monedas a través de agentes comerciales, lo cual dura hasta 1885 cuando se estableció el cuño de Caracas.

En 1863, al finalizar la Guerra de la Federación, se produce una de las rarezas en la numismática venezolana: las monedas con la efigie de Páez, las cuales no salieron a circulación por el derrocamiento del Gobierno del General Páez. Al país llegaron 150.000 piezas de 10 Reales que no fueron recibidas por el nuevo gobierno y fueron regresadas, se presume que la empresa acuñadora las fundió para usar la plata en otras monedas. Sin embargo fueron retenidas 300 piezas por la Legislación de Venezuela en Paris, se deduce que alguna cantidad de estas piezas estén en manos de coleccionistas y comerciantes.

Estados Unidos de Venezuela (1864-1953)

El 12 de junio de 1865, el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela, decretó una nueva Ley de Monedas que derogaba la de 1857. Se autoriza al Ejecutivo para establecer Casas de Monedas para acuñar en oro, plata y cobre. Se establecía por primera vez que las monedas de oro y plata llevaran la efigie del Libertador. Se introduce la modalidad que en el reverso de las monedas llevara la inscripción: ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. En 1879 se dictó una Ley de Monedas, donde se creó la nueva unidad monetaria; el bolívar de plata y se limitó la circulación de la moneda extranjera a la de los países de la Convención Monetaria Latina: Suiza, Francia, Bélgica e Italia, sustituyendo el circulante extranjero por moneda nacional. Se acuñaron piezas de plata con los valores de bolívares cinco, dos y uno y las fracciones de cincuenta y veinte céntimos.

Además piezas de oro de veinte bolívares. 1886 es el comienzo de las acuñaciones de la nueva Casa de Monedas de Caracas, la cual laboró sólo durante tres años. Se le obsequió a Guzmán Blanco la primera moneda de oro de Bs. 100, bautizada como "Pachano". Al utilizar oro de Guayana, las piezas adquirieron un color amarillo verdusco que las diferenciaban de las falsificaciones que se hicieron a finales de la década de los años 1950. Esta Casa de Moneda estuvo ubicada en la esquina de El Cuño, luego se liquida y clausura por inconvenientes con la compañía contratista La Monnaie.
Entre 1885 y 1939 el Ministerio de Sanidad emitió monedas o fichas para las Leproserías Nacionales en Maracaibo, Isla de Providencia y Cabo Blanco con valores que van desde 5 céntimos hasta 20 bolívares, igualmente en 1940 comenzó a emitir billetes con valores de Bs. 0.25, 0.50, 1, 2 y 5.

República de Venezuela (1953-1999)

Con el cierre del Cuño de Caracas, se inicia de nuevo la acuñación de monedas venezolanas en el extranjero. La Constitución promulgada en 1953 abandonó el nombre de Estados Unidos de Venezuela. Se realizaron acuñaciones de monedas de plata y níquel. En 1972, el Directorio del Banco Central de Venezuela recomienda al Ejecutivo Nacional, la acuñación de monedas conmemorativas, la cual no estaba contemplada en la vigente ley de Monedas. Con la Ley del Banco Central de Venezuela del 30 de octubre de 1974, este ejerce con carácter exclusivo, la facultad de emitir billetes y acuñar monedas.
Entre 1988 y 1989 ocurrió una clandestina desmonetización no autorizada por el BCV de las monedas de níquel puro, como consecuencia de la fuerte alza de los precios del níquel registrada en el mercado internacional. Esta desmonetización fue realizada por grupos de personas que se dedicaron a recogerlas y sacarlas de la circulación por la vía del contrabando de exportación.

Paralelamente, la acaparaban y utilizaban como materia prima y otros usos industriales, lo que ocasionó que el BCV aprobara en 1989 la emisión de billetes por primera vez de 1 y 2 Bs., la reimpresión del billete de 5 Bs. que había sido descontinuado en 1974, y monedas de acero enchapadas al 6% de níquel con valores de 25 y 50 céntimos,  y 1, 2 y 5 Bs., se presume que las variantes de estas monedas se deben a la fabricación de estas por distintas casas de monedas, ya que fue una acuñación casi de emergencia en gran cantidad de piezas.
 En 1998 el BCV aprobó la acuñación de monedas con las denominaciones de 10, 20, 50, 100 y 500 Bs. sustituyendo a los billetes de igual denominación hasta que estos fueron extinguiéndose. A partir del 30 de junio del 2000 entraron en circulación monedas de 20 y 50 Bs. acuñadas en la Casa de la Moneda de Venezuela, con la novedad de incluir el logo de la Casa de Moneda y el año indicado es 1999.
Con la aprobación de la nueva Constitución en diciembre de 1999 por referéndum popular, se cambia el nombre del país a República Bolivariana de Venezuela. El Directorio del Banco Central de Venezuela autorizó la desmonetización de las monedas fraccionarias de las denominaciones de Bs. 0,05; 0,10; 0,25 y 0,50, y de las monedas de plata de Bs. 0,25; 0,50; 1; 2; 5 y 10, las cuales ya no eran utilizadas como medio de pago. Tanto las monedas de plata como las monedas fraccionarias indicadas anteriormente dejaron de ser de curso legal a partir del 1º de abril del 2001. El 9 de agosto del 2001 el Banco Central de Venezuela pone en circulación las nuevas monedas de 10, 20 y 50 Bolívares y el 18 de enero del 2002 el nuevo billete de 10.000 Bolívares, todos con la denominación de REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. A partir del 1 de febrero de 2006 el BCV revocó el curso legal (desmonetizó) de los billetes en las denominaciones de Bs. 5, 10, 20, 50 y 100. La Ley del Banco Central de Venezuela vigente es la publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.232 Extraordinario de fecha miércoles 20 de julio de 2005.
El 7 de marzo del 2006 fue aprobada por la Asamblea Nacional la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Bandera, Escudo e Himno Nacional, esta ley entró en vigencia a partir de su publicación en Gaceta No 38.394 del 09 de marzo de 2006.
Una de las consecuencias de esta reforma es la variación del Escudo de Armas y lo que más resaltó fue el cambió del caballo, el cual quedó como lo indica el artículo 8 del capitulo III:
“El tercer cuartel será azul, ocupará toda la parte inferior del Escudo de Armas y en él figurará un caballo blanco indómito, galopando hacia la izquierda de quien observa y mirando hacia delante, emblema de la independencia y de la libertad; adoptándose para tal efecto la figura del caballo contenido en el Escudo de la Federación, de fecha 29 de julio de 1863”.
También se varió la bandera nacional agregando una nueva estrella, esta propuesta se basó en el decreto pronunciado en Angostura (hoy Ciudad Bolívar) por Simón Bolívar, Jefe Supremo, el 20 de noviembre de 1817 que en su Artículo Único, establece: “A las 7 estrellas que lleva la Bandera Nacional de Venezuela, se añadirá una como emblema de la Provincia de Guayana. De modo que el número de las estrellas será en adelante, de 8”.
Mediante el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reconversión Monetaria dictado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Hugo Chávez, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.638 de fecha 6 de marzo de 2007, se cambia la escala monetaria del país a partir del 1 de enero de 2008, con lo cual se reexpresa la unidad del sistema monetario en el equivalente a un mil bolívares actuales. El bolívar resultante de esta reconversión, continuará siendo divisible en cien (100) céntimos. En consecuencia, todo importe expresado en moneda nacional antes de la citada fecha, deberá ser convertido a la nueva unidad, dividiendo entre 1.000, y llevado al céntimo más cercano.
En la nueva escala monetaria, la moneda continuará con el nombre de “bolívar” pero, para distinguirla de la unidad actual, durante un período transitorio a la palabra “bolívar” se le añadirá el adjetivo “fuerte”, para quedar “bolívar fuerte”. Este se representará con el símbolo “Bs.F.”.
Una vez que los billetes y monedas metálicas actuales hayan dejado de circular y el público se haya familiarizado con la nueva unidad, las autoridades publicarán los avisos correspondientes para que se vuelva a utilizar únicamente la palabra “bolívares”.
Las nuevas especies monetarias son:
Monedas Billetes
Bs.F. 1 (un bolívar fuerte) Bs.F. 100 (cien bolívares fuertes)
Bs.F. 0,50 (cincuenta céntimos) Bs.F. 50 (cincuenta bolívares fuertes)
Bs.F. 0,25 (veinticinco céntimos) Bs.F. 20 (veinte bolívares fuertes)
Bs.F. 0,125 (doce céntimos y medio) Bs.F. 10 (diez bolívares fuertes)
Bs.F. 0,10 (diez céntimos) Bs.F. 5 (cinco bolívares fuertes)
Bs.F. 0,05 (cinco céntimos) Bs.F. 2 (dos bolívares fuertes)
Bs.F. 0,01 (un céntimo)